Mientras tanto, no queda casi nada que no pueda comprarse por Internet. No es de extrañar que los tribunales tengan que ocuparse cada vez más del comercio por Internet y sus particularidades. Una reciente sentencia sobre el derecho de desistimiento es gratificante para los comerciantes. Sin embargo, las disputas siguen siendo inevitables. Y el derecho de la competencia también alberga el riesgo de las advertencias.
El Tribunal de Distrito (AG) de Rotenburg Wümme emitió recientemente una sentencia positiva sobre el derecho de desistimiento. Afirmó la cuestión de si un comerciante puede revender las mercancías devueltas como "mercancías nuevas" tras una revocación efectiva en determinados casos. Un comprador se había quejado porque los datos de un servicio de VoIP y correo electrónico ya se habían introducido en el teléfono móvil que había comprado como "nuevo". Este teléfono, concluyó el comprador de forma tajante, ya había sido utilizado por alguien, por lo que ya no podía ser "nuevo". Exigió una reducción del precio de compra.
El tribunal de distrito desestimó la demanda porque el teléfono había sido devuelto por otro comprador después de una orden de Internet revocada. Este primer comprador había probado el dispositivo. La prueba funcional detallada de un dispositivo técnico, que puede incluir también la introducción de datos -por ejemplo, para comprobar un servicio de correo electrónico-, no convierte todavía a un dispositivo en "usado", según el Tribunal de Distrito de Rotenburg.
Al hacerlo, el tribunal también se refirió al modelo de instrucción para la revocación (anexo 2 del artículo 14 del BGB-Info-Verordnung), que establece que la "puesta en uso" de un bien no comienza con su mera comprobación, sino sólo cuando uno lo trata "como propiedad propia". Por el contrario, el modelo de instrucción aclara que un comprador no debe indemnizar por el deterioro de un bien devuelto si el "deterioro se debe exclusivamente a su examen".
Bienes nuevos a pesar de la prueba
Seguramente, no todos los bienes devueltos podrán volver a venderse como "nuevos" incluso después de esta sentencia. Sin embargo, la decisión apunta en la dirección correcta. La posibilidad de revocación en las operaciones de venta a distancia se utiliza cada vez más. Si cada inspección, por pequeña que sea, convirtiera los productos en "bienes de segunda mano", el perjuicio económico para los comerciantes sería enorme.
Lo que menos agrada a los comerciantes, por otro lado, es que aún no se ha aclarado de forma concluyente qué productos de la venta a distancia no están sujetos al derecho de desistimiento. El artículo 312d, párrafo 4, del Código Civil alemán (BGB) enumera algunos casos en los que se excluye la revocación. Sin embargo, los litigios están preprogramados debido a la redacción general de la disposición. Por ejemplo, ¿qué productos están "claramente adaptados a las necesidades personales del cliente"?
El derecho de la competencia también es un invitado constante en la venta a distancia. ¿Cómo describir correctamente los productos? ¿Qué puedo anunciar? Todos los días surgen preguntas similares.
Riesgo de envío a cargo del comerciante
El Tribunal Regional (LG) de Hamburgo aclaró una vez más a finales de 2007 que la "publicidad con hechos evidentes" es engañosa e inadmisible. El punto de partida fue la referencia al transporte con "envío asegurado".
Pero: en el caso de la venta por correspondencia con consumidores, el comerciante asume el riesgo de envío de todos modos, según el artículo 474, párrafo 2, del Código Civil alemán. Si el comerciante pierde la mercancía durante el transporte, el comprador tampoco tiene que pagarla.
Por lo tanto, el envío asegurado sólo interesa al vendedor, que además tiene que pagar el seguro. Puede ser cierto que el envío esté asegurado. La referencia a esto se vuelve inadmisible si da al cliente la impresión de que está recibiendo un servicio especial. Sin embargo, una nota como: "Envío asegurado - gastos a cargo del vendedor" debería seguir siendo admisible.
Las sentencias
- AG Rotenburg Wümme: Expediente número 5 C 350/07
- LG Hamburgo: Expediente número 315 O 888/07
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