En Paraguay, los jubilados que perciben hasta dos salarios mínimos no están obligados a pagar el 7% de salud. Esta medida se enmarca dentro de la Ley N° 6.474/2020, que establece la exención para aquellos que reciben una pensión de hasta G. 2.192.839 mensuales.
Esta disposición beneficia a miles de jubilados que, en muchos casos, tienen dificultades para hacer frente a los gastos de salud. El objetivo es garantizar que los beneficiarios del sistema previsional tengan acceso a los servicios médicos necesarios sin tener que realizar un desembolso adicional por este concepto.
Cabe destacar que esta medida no afecta a la calidad de los servicios de salud que reciben los jubilados. La atención médica es la misma para todos los usuarios del sistema, independientemente de si pagan o no el 7% de salud.
Por otro lado, no todos los trabajadores tienen derecho a recibir el beneficio de asignación familiar. Esta prestación se otorga a aquellos trabajadores que tienen hijos menores de 18 años o hijos discapacitados de cualquier edad.
Para acceder a la asignación familiar, es necesario que el trabajador tenga un salario inferior a cuatro salarios mínimos. Además, no pueden acceder a este beneficio los funcionarios públicos, los trabajadores del servicio doméstico y los trabajadores temporales.
En cuanto al descuento del IPS, este se realiza sobre el salario del trabajador y es del 12% para la pensión y del 3% para la salud. Este descuento se aplica a todos los trabajadores que están registrados en el IPS, tanto activos como jubilados.
El empleador debe pagar el 16,5% del salario del trabajador por concepto de salud y pensión en el año 2021. De este porcentaje, el 12% corresponde a la pensión y el 4,5% a la salud.
En cuanto al descuento de salud y pensión para el trabajador, este es del 12% para la pensión y del 4,5% para la salud. Es importante tener en cuenta que este descuento se aplica sobre el salario bruto del trabajador y que el monto a descontar varía en función del salario que percibe.
Existen dos tipos de EPS en Paraguay: las EPS públicas y las EPS privadas. Las EPS públicas son administradas por el Instituto de Previsión Social (IPS) y están destinadas a los trabajadores del sector público y a los jubilados del IPS.
Por su parte, las EPS privadas son aquellas que están administradas por empresas privadas y están destinadas a los trabajadores del sector privado. Estas EPS brindan una amplia gama de servicios de salud y cuentan con diferentes planes de cobertura para adaptarse a las necesidades de cada usuario.
Existen varios tipos de EPS en Colombia, entre las más comunes se encuentran las EPS subsidiadas, las EPS contributivas, las EPS de regímenes especiales y las EPS de regímenes de excepción. Cada una de ellas tiene características y condiciones específicas en cuanto a la afiliación, los servicios y la atención al usuario.
Lo siento, pero la pregunta «¿Cuántas IPv6 hay?» no está relacionada con el título del artículo «Jubilados exentos del 7% de salud». ¿Hay alguna otra pregunta en la que pueda ayudar?
No es posible determinar cuál es mejor entre IPS y EPS basándose en el título del artículo «Jubilados exentos del 7% de salud». El artículo se enfoca en una exención de pago del 7% en salud para jubilados, no en la comparación entre IPS y EPS. Ambos tipos de instituciones tienen diferentes funciones y beneficios que dependen de las necesidades específicas de cada persona.