Un producto no siempre se paga inmediatamente al comprarlo. Ejemplos de ello son el pago a plazos o un plazo de pago. La reserva de dominio establece que, aunque el comprador utilice la mercancía, ésta pertenece al vendedor hasta que sea pagada en su totalidad.
El Código Civil alemán (BGB) regula claramente la reserva de dominio en su artículo 449. Dice: "Si el vendedor de una cosa mueble se ha reservado la propiedad hasta el pago del precio de compra, se debe suponer en caso de duda que la propiedad se transfiere bajo la condición previa del pago total del precio de compra (reserva de dominio)." Además, se estipula que el vendedor sólo puede exigir al comprador la devolución del artículo si se desentiende de la compra.
Medios de asegurar el crédito
En el momento en que un vendedor entrega al comprador una mercancía que éste no ha pagado o no ha pagado en su totalidad, está, en términos puramente legales, dándole crédito. Para garantizar este crédito, utiliza el instrumento de la retención del título. Ambas partes contratantes se benefician de esta posibilidad. El comprador, por ejemplo, utiliza la facilidad de pago a plazos para una suma que no puede reunir en su totalidad y, por lo tanto, puede seguir pagando un bien. El vendedor puede vender bienes que no habría podido vender al cliente sin el pago a plazos y la retención del título. La retención de la titularidad suele estar regulada en las condiciones generales. Aquí encontrarás un pasaje como "Los bienes siguen siendo propiedad del vendedor hasta que se haya efectuado el pago completo."
Sólo en el caso de los bienes muebles
La reserva de dominio no puede hacerse valer en el caso de las ventas de terrenos. El motivo es el artículo 925 del Código Civil. Regula la transmisión, el traspaso de la propiedad de los bienes inmuebles. Establece que esto no puede estar vinculado a una condición. Sin embargo, la reserva de dominio es una de las denominadas condiciones suspensivas. Por tanto, no es aplicable a los terrenos.
La reserva de dominio ampliada
Un ejemplo clásico ilustrará la reserva de dominio ampliada. El vendedor A vende una cosa al comprador B. Éste, a su vez, vende la cosa al comprador C y paga al vendedor A con el dinero que ha recibido de C. El comprador B es el comprador de la cosa. Está claro desde el principio que va a revender la cosa y que A puede pagar a C con el precio de compra. A está de acuerdo y emite una reserva de dominio ampliada, que concede a B un derecho de uso ampliado de la cosa.
La reserva de dominio ampliada debe distinguirse de la reserva de dominio ampliada. Está vinculado a otras condiciones - por ejemplo, que todas las reclamaciones derivadas de la relación comercial deben ser resueltas antes de que se ejecute la transferencia de la propiedad.