BGH: La división de las licencias por volumen es legal

El BGH ha aportado ahora claridad en el mercado del software de segunda mano. Así, UsedSoft sale ganando de la disputa legal con Adobe.

A principios de año, el Tribunal Federal de Justicia (BGH) había dictaminado que el comercio de software de segunda mano es legal (I ZR 129/08). Hace dos años, el Tribunal Regional Superior de Fráncfort del Meno (asunto nº 11 U 68/11) ya dictó una sentencia que eximía en gran medida al comercio de programas informáticos de segunda mano de las restricciones basadas en la sentencia del TJCE. Uno de los elementos de la sentencia es que las licencias adquiridas mediante contratos por volumen también pueden revenderse individualmente. Adobe había recurrido esta sentencia ante el Tribunal Supremo Federal. El Tribunal Supremo Federal ha rechazado ahora este recurso en su totalidad (Caso nº I ZR 8/13).

"La decisión de hoy del BGH es un triunfo para el libre comercio", dijo Peter Schneider, Director General de UsedSoft, tras la publicación de la sentencia. "Ahora ningún fabricante de software puede alegar que sus licencias no pueden ser comercializadas de segunda mano. El mercado de software de segunda mano puede por fin despegar."

Distribución de licencias por volumen

El BGH confirmó la decisión del Tribunal Regional Superior de Frankfurt de diciembre de 2012 en todos sus puntos. En ella se afirma que la reventa de licencias individuales adquiridas originalmente en el marco de un acuerdo de licencia por volumen "no (lleva) a suponer que en este caso se haya producido un fraccionamiento no permitido". La prohibición del TJCE de la división sólo se refiere a la "constelación de hechos diferentes" de las licencias cliente-servidor. Además, la OLG dictaminó que el vendedor podía "llevar a cabo un acto de reproducción, es decir, quemar un soporte de datos" para revender un software que había sido comprado previamente por internet.

Los jueces también contradijeron el argumento de los fabricantes de que en el caso de las licencias por volumen sólo había una licencia porque sólo se había emitido un número de serie: esto "no afecta al número de licencias en cuestión", según la sentencia. "Los propios representantes de la demandante describieron el número de serie como una "clave necesaria para la instalación". Sin embargo, es indiscutible que el software podría instalarse en (varios) puestos de trabajo independientes".

Programas de software a precio reducido

Tras la sentencia del BGH, ahora también está claro que los acuerdos de licencia EDU (licencias para alumnos y estudiantes) deben considerarse programas a precio reducido. Literalmente, los jueces de la OLG sentenciaron: "No corresponde a los tribunales revisar la viabilidad económica de la política de precios de la demandante (Adobe)"."

Licencias de descarga

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ya había dictaminado el 3 de julio de 2012 que el principio de agotamiento se aplica a cualquier primera venta de software, independientemente de su canal de distribución. El principio de agotamiento establece que el derecho de distribución de un fabricante sobre su producto se "agota" cuando lo ha vendido por primera vez en la UE. El TJCE subraya: "Así, aunque el contrato de licencia prohíba una venta posterior, el titular del derecho ya no puede oponerse a la reventa de esa copia". El nuevo propietario es libre de revenderlo.

A partir de ahí, el TJCE dictaminó que en el caso de las licencias transferidas en línea, el segundo comprador puede incluso volver a descargar el software del fabricante: "Además, el agotamiento del derecho de distribución se extiende a la copia del programa tal y como ha sido mejorado y actualizado por el titular de los derechos de autor", dijo el TJCE. Esto significa que el comprador de segunda mano también tiene derecho a las actualizaciones de su software.


Deja un comentario