El Tribunal Fiscal de Baden-Württemberg tuvo que decidir si un autónomo sólo puede presentar su declaración de la renta en papel en referencia a la inseguridad de Internet.
En el caso planteado ante el Tribunal Fiscal de Baden-Württemberg (Finanzgericht, FG) (Ref.: 7 K 3192/15), un comerciante y su esposa habían enviado su declaración de la renta conjunta de 2013 exclusivamente en papel. En una carta adjunta, afirmaron que la transmisión de los datos fiscales a través de Internet estaba fuera de su alcance.
Razones de la decisión
Los razonamientos de la pareja según la sentencia: "A más tardar debido a las revelaciones de Edward Snowden, se había comprobado que las transmisiones por internet nunca podrían ser seguras. Todas las transmisiones realizadas a la Agencia Tributaria serían, en principio, interceptadas. En este sentido, los certificados de seguridad disponibles según el sitio web de Elster son engañosos, pero en ningún caso constituyen una prueba de transmisión segura. Para participar en una transmisión de datos, habría que instalar el software correspondiente en el ordenador personal (PC). Sin embargo, se niegan a hacerlo porque un software desconocido "sin alternativa" en su PC podría cobrar "vida propia". Además, ni siquiera estaba garantizado que los datos llegaran a la Agencia Tributaria exactamente como los enviaron. En su opinión, la única forma de garantizar la coherencia de los datos es enviarlos en papel. Por ello, se solicita que se renuncie a la transmisión electrónica de datos."
Punto de vista de los jueces
Sin embargo, según los jueces, la pareja había estado obligada, en virtud del artículo 25, apartado 4 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, a transmitir la declaración de la renta por "transmisión remota de datos". De la sentencia: "No se aprecia en el presente caso una dificultad indebida que pueda motivar la renuncia a la transmisión a distancia de datos." La transmisión a través de la web no era ni económica ni personalmente razonable.
Además, el producto gratuito "Elsterbasis" había sido certificado por la BSI y garantizaba "un grado suficiente de seguridad de los datos". Además, los contribuyentes son libres de utilizar los productos de pago para aumentar la seguridad de sus datos individuales. No se habían planteado en el caso brechas concretas de seguridad en la transmisión de datos a distancia y tampoco se conocían. Los jueces no aceptaron las "preocupaciones expresadas en abstracto".